La ley del suelo que entró en vigor en septiembre del 2006, prevé que los edificios construidos entre 1900 y 1960 pasen una inspección técnica, ITE, de manera similar a la ITV de los vehículos de motor.
La ITE es el dictamen, emitido por técnico competente, Arquitecto Técnico o Aparejador, mediante el cual se podrá conocer el estado general de un edificio, basándose en la inspección visual del mismo. Se materializa en un Informe-Cuestionario preestablecido, elaborado tras la visita de inspección al edificio.
La ITE consta de un informe de la inspección y de un dictamen con la opinión sobre las condiciones del edificio y los criterios de intervención.
El 21 de septiembre de 2006 entró en vigor la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyo art. 200 se refiere a la inspección periódica de construcciones y edificaciones. Ésta establece que los propietarios de toda construcción o edificación catalogada o protegida, así como de toda edificación de uso residencial, de antigüedad superior a 50 años, deberán encomendar a un técnico facultativo la realización de una inspección dirigida a determinar el estado de conservación de la construcción o edificación cada 10 años.
El propietario encargará a un técnico competente de su elección la redacción del informe de Inspección Técnica del Edificio.
La inspección de carácter visual, determinará la presencia o no de signos externos que denoten la existencia de procesos patológicos que puedan significar un peligro.
El Gobierno Vasco y Eudel están en fase de elaboración de el texto del decreto que regulara las inspecciones. Partiendo de este texto cada Ayuntamiento hará sus aportaciones en lo que respecta fundamentalmente a las ayudas que se concederán para costear las deficiencias que se detecten. El calendario de actuación también será de potestad municipal.
En el caso de Bilbao se tenía previsto que las inspecciones obligatorias comenzasen en el mes marzo pero todavía se esta a la espera del decreto municipal. Se realizaran 1.000 Inspecciones Técnicas de Edificios al año y afectaran a los edificios edificados antes de 1.901.
El coste de la revisión varia de unos edificios a otros, y dependerá de su tamaño, de su antigüedad y del tipo de estructura del mismo. El coste debe asumirlo la Comunidad de Propietarios aunque en algunos casos podrá ser subvencionado.